Persona con expresión de preocupación frente a un cartel de la Agencia Tributaria.

La nueva multa de 6000 euros que te podría meter Hacienda

La Agencia Tributaria impondrá estas duras sanciones si no cumples con estas directrices

La Agencia Tributaria ha puesto en el punto de mira a todas las empresas que no informen correctamente sobre sus compraventas de bienes dentro de la Unión Europea. En un nuevo real decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado, se establecen sanciones que pueden alcanzar los 6.000 euros para los casos más graves de incumplimiento. Este procedimiento sancionador afecta, de manera destacada, a todos aquellos sujetos pasivos del IVA que realizan operaciones intracomunitarias y tienen la obligación de suministrar la correspondiente información estadística.

La relevancia de esta medida radica en la necesidad de compilar datos fiables sobre las transacciones internas en el mercado común de la Unión Europea. Con esta finalidad, existe un sistema por el cual las empresas, de forma periódica, deben comunicar las cantidades y el valor de los bienes que se comercializan entre Estados miembros. La nueva norma pretende endurecer el control y penalizar a quienes incumplan, con multas categorizadas según el nivel de infracción.

Infracciones muy graves: hasta 6.000 euros de sanción.

Esta calificación se aplica, por ejemplo, en casos en los que no se responda a dos requerimientos de información de la Agencia Tributaria. Ello revela una falta de cooperación recurrente ante la solicitud de datos, algo que Hacienda considera suficientemente grave para imponer una multa cuantiosa.

Subida de sueldo
Dinero | Canva

Infracciones graves: hasta 1.200 euros de sanción.

Se contemplan aquí situaciones en las que el obligado no presente la declaración o lo haga de manera incompleta, omitiendo datos esenciales para la estadística. Aun cuando no se perciba como una negativa total, queda claro que no colaborar plenamente puede acarrear un impacto negativo en los registros estadísticos.

Infracciones leves: hasta 300 euros de sanción.

Comprende retrasos en la presentación de la información o defectos más leves en la documentación. Aun así, supone una sanción económica que pretende incentivar el cumplimiento dentro de los plazos establecidos, subrayando la relevancia de la puntualidad incluso en casos de menor trascendencia.

Hacienda se muestra firme

Para los obligados tributarios, el mensaje es claro: la Administración no tolerará la falta de rigor en la entrega de datos relativos al comercio intracomunitario. Este cumplimiento se enmarca dentro de la recopilación de información estadística, esencial para la elaboración de políticas comerciales y de control del fraude. Así como para reflejar la realidad económica de cada país dentro de la Unión Europea.

Con la publicación del real decreto, se establece un procedimiento sancionador bien definido. Lo que otorga mayor seguridad jurídica pero, a la vez, endurece el marco para quienes decidan eludir sus obligaciones.

Logotipo de la Agencia Tributaria en una pared de madera.
La Agencia Tributaria | ACN

Resulta importante para las empresas y los profesionales mantenerse al día con las últimas novedades normativas, puesto que errores u omisiones en la entrega de datos podrían ocasionar penalizaciones considerables. Además, la Agencia Tributaria tiene la facultad de requerir la información tantas veces como lo juzgue necesario. Y no responder adecuadamente en dos ocasiones se califica como infracción muy grave, con los ya mencionados 6.000 euros de multa máxima.

Ante este nuevo escenario, es aconsejable que las empresas revisen sus sistemas de gestión para asegurar que cumplen con los requisitos de declaración de compraventas dentro de la Unión Europea. Garantizar la veracidad y completitud de los datos presentados resulta un paso fundamental para evitar una sanción que podría afectar las finanzas y, en última instancia, el prestigio de la compañía.

En tiempos de creciente presión regulatoria, una estrategia de cumplimiento, transparencia y buena comunicación con la Administración. Se perfila como la clave para que la llamada “multa de 6.000 euros” no se convierta en una realidad que lastre la actividad de quienes operan en el mercado comunitario.