Un agente de la Guardia Civil de espaldas con un edificio de la Audiencia Provincial de Madrid en un círculo rojo.

Confirmado: Absuelven a un Guardia Civil acusado de matar a un esquizofrénico

La Audiencia Provincial de Madrid no ve delito

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha acordado por unanimidad absolver a un agente de la Guardia Civil. El agente acabó con la vida de una persona con esquizofrenia en el año 2020. Los hechos sucedieron en Manzanares el Real cuando encontraron un hombre de 29 años fuera de sí. La víctima llevaba dos navajas, una en cada mano y amenazaba en utilizarlas.

Aseguraba que su vida acabaría, pero la de los policías también. Decía que moriría matando. Los agentes dispararon en varias ocasiones al aire, pero no consiguieron el efecto deseado. "Más bien, acrecentaron su nerviosismo y agitación", dice la sentencia. "Acto seguido, la víctima volvió a efectuar un giro brusco y acometió al acusado empuñando las navajas con intención de atacar con ellas", continúa la resolución judicial. 

En ese momento, el agente acusado "efectuó, desde una distancia aproximada de metro y medio y en posición frontal con respecto al fallecido, dos disparos seguidos". Uno le alcanzó a la víctima la cadera derecha y el otro en la pierna izquierda. Fue trasladado al hospital La Paz y falleció el 29 de septiembre.

El Ministerio Público  acreditó los hechos como delito leve de homicidio por imprudencia menos grave y solicitaba una multa de doce euros diarios durante diez meses. La familia solicitaba 153.580 euros de responsabilidad civil y entendían que el homicidio era doloso.

Uniforme de un miembro de la Guardia Civil de España con insignias de
Guardia Civil | @GuardiaCivil

Legítima defensa

La Audiencia Provincial de Madrid considera que existió legítima defensa del acusado y acuerda su absolución. Según los jueces, concurren todos los requisitos de la legítima defensa y, por tanto, no cabe condena. Para que se considere legítima defensa, deben concurrir los siguientes requisitos:

Agresión ilegítima: Debe existir una agresión actual o inminente contra bienes jurídicos protegidos, como la vida o la integridad física.

Necesidad racional del medio empleado: La defensa debe ser proporcional y adecuada para repeler la agresión.

Falta de provocación suficiente: La persona que se defiende no debe haber provocado intencionalmente la situación.

Cuando un agente de la autoridad se enfrenta a una situación en la que su vida o la de terceros está en peligro, puede hacer uso de la fuerza. No obstante, esta fuerza tiene que ser proporcional y necesaria para neutralizar la amenaza.

En casos donde la persona agresora sufre un trastorno mental, como la esquizofrenia, los tribunales deben valorar la protección de la vida e integridad de todos los involucrados. Y en este caso, han considerado que hubo legítima defensa.