Recibir una herencia puede ser un proceso complejo, especialmente si surgen conflictos entre herederos o dudas sobre cómo proceder. Si te encuentras en esta situación en España, es esencial que conozcas tus derechos y los pasos a seguir para reclamar lo que te corresponde legalmente.
En primer lugar, confirma si existe un testamento. Tras el fallecimiento del familiar, solicita el Certificado de Últimas Voluntades en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Este documento te indicará si el difunto otorgó testamento y ante qué notario lo hizo. Si hay testamento, acude al notario para obtener una copia autorizada. Este documento es esencial para conocer las disposiciones del fallecido y tu posición como heredero.
Si no existe testamento, la sucesión será intestada, y la ley determinará quiénes son los herederos legítimos según el grado de parentesco. En España, el orden sucesorio comienza por los descendientes, luego ascendientes, cónyuge, hermanos y sobrinos, y así sucesivamente.
Reúne la documentación necesaria: certificado de defunción, libro de familia y documentos que acrediten tu parentesco. También es importante recopilar información sobre los bienes y deudas del fallecido: propiedades, cuentas bancarias, vehículos, inversiones y cualquier otra pertenencia.
Elabora un inventario detallado de los bienes y deudas. Esto te permitirá conocer el valor total de la herencia y decidir si te conviene aceptarla. Si las deudas superan los bienes, puedes considerar renunciar a la herencia o aceptarla a beneficio de inventario, lo que limita tu responsabilidad al valor de los bienes heredados.
Aceptación de la herencia
La aceptación de la herencia puede ser pura y simple o a beneficio de inventario. Si la aceptas pura y simplemente, respondes con tu patrimonio personal de las deudas. Si la aceptas a beneficio de inventario, solo respondes por las deudas hasta donde alcancen los bienes heredados.
Formaliza la aceptación ante notario mediante escritura pública. Si hay varios herederos, es recomendable llegar a un acuerdo para repartir los bienes de forma amistosa. En caso de desacuerdo, se puede acudir a la vía judicial para solicitar la partición.
Pago de impuestos
Debes liquidar los impuestos correspondientes: el Impuesto de Sucesiones y la Plusvalía Municipal. El Impuesto de Sucesiones debe abonarse en un plazo de seis meses desde el fallecimiento, aunque puedes solicitar una prórroga. La cuantía varía según la comunidad autónoma y el grado de parentesco. La Plusvalía Municipal se aplica si heredas bienes inmuebles y lo gestiona el ayuntamiento correspondiente.
Una vez liquidados los impuestos, procede a inscribir los bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad a tu nombre. Esto formaliza tu titularidad y te protege legalmente. Si surgen conflictos entre herederos, como disputas sobre la validez del testamento o desacuerdos en la partición, es recomendable acudir a un abogado especializado en derecho sucesorio. Él te asesorará sobre las acciones legales es disponibles y te representará en caso de litigio.
Es importante actuar con diligencia y dentro de los plazos legales para evitar problemas. La tramitación de una herencia puede ser compleja, y contar con asesoramiento profesional te facilitará el proceso.