Un hombre con expresión pensativa frente a un edificio de la Agencia Tributaria.

Hasta 150.000 euros: La multa de Hacienda que todos temen

Muy atento a esta información

El aumento de la vigilancia fiscal se ha convertido en una de las principales preocupaciones para muchos contribuyentes. En un contexto donde el uso de nuevos medios de pago (como Bizum) y la realización de transacciones bancarias se han disparado, la Agencia Tributaria ha reforzado sus mecanismos de control para evitar el fraude y el blanqueo de capitales.

Una de las novedades más comentadas es la posibilidad de que Hacienda imponga sanciones de hasta 150.000 euros en determinados casos de incumplimiento, especialmente si se consideran operaciones sospechosas que no son justificadas correctamente.

Un hombre con expresión de sorpresa y gafas redondas frente a un edificio con un logotipo colorido en la pared.
Montaje en el que se ve una delegacion de Hacienda y una persona con cara de sorpresa | Agencia Tributaria, sevendeman

Complicidad de los bancos

Los bancos, por su parte, desempeñan un papel fundamental en esta labor. Están obligados a informar sobre los movimientos que superen ciertas cantidades, incluyendo no solo las transferencias tradicionales, sino también los ingresos, retiradas en efectivo y transacciones a través de aplicaciones de pago instantáneo. Este deber de colaboración permite a la Agencia Tributaria rastrear con mayor facilidad cualquier operación que se estime fuera de lo habitual, reforzando la eficacia de sus inspecciones.

Para comprender en qué situaciones concretas Hacienda puede sancionar, conviene revisar las reglas que rodean el manejo de efectivo. El titular de una cuenta debe identificarse si desea realizar un ingreso en metálico por un importe superior a 1.000 euros. Por su parte, las entidades financieras deben comunicar aquellos ingresos o retiradas que superen los 3.000 euros, así como las operaciones en las que intervengan billetes de 500 euros. Además, la ley marca un tope máximo de 100.000 euros para los movimientos de efectivo en España, de manera que, si se iguala o supera dicha cifra, se ha de presentar el formulario S1.

Cambios en los préstamos y créditos

Otro aspecto a considerar son los préstamos y créditos por encima de los 6.000 euros, que también quedan en el punto de mira de la Agencia Tributaria. Asimismo, con la reforma legal de 2020 y la aprobación de la Ley 11/2021, se ha endurecido la normativa contra el fraude, rebajando a 1.000 euros el pago máximo en efectivo al momento de adquirir bienes o servicios. A partir de esa cifra, se obliga al comprador a recurrir a formas de pago diferentes del metálico, como la tarjeta o la transferencia bancaria, con el fin de dejar constancia en un rastro susceptible de auditoría.

Un hombre con gesto preocupado frente a un edificio de la Agencia Tributaria.
Montaje en el que se ve la una delegacion de Hacienda y una persona preocupada | Agencia Tributaria, Barbara Gibbbons

Sanciones de Hacienda

En caso de incumplimiento, Hacienda dispone de un abanico de sanciones. Se establecen tres categorías principales: infracciones leves, graves y muy graves. Las leves pueden acarrear multas de hasta 3.000 euros y un recargo que puede alcanzar el 50% de la cantidad no ingresada. Si la infracción se cataloga como grave, la sanción oscila entre un 50% y un 100% de la base defraudada, y puede alcanzarse esa clasificación si el importe supera los 3.000 euros o si la infracción se lleva más de la mitad de la base imponible.

El panorama se agrava con las infracciones muy graves, que permiten a Hacienda exigir hasta el 150% de lo que no se declaró. Además, cuando la cifra defraudada excede los 120.000 euros, la sanción puede desembocar en un delito fiscal.