Hombre con expresión de enojo frente a una oficina de empleo con una gran equis roja sobre la entrada

Tendrá que devolver más de 4000 euros tras irse a Marruecos mientras cobra ayuda

Los han pillado: no vale todo

En los últimos años, han sido varias las historias sorprendentes relacionadas con el cobro indebido de ayudas públicas que han llamado la atención tanto en redes sociales como en los medios especializados.

Pero pocos casos han generado tanto debate como el protagonizado por un ciudadano que, mientras percibía el subsidio para mayores de 52 años,  decidió viajar a Marruecos y terminó envuelto en una batalla legal con el Servicio Público de Empleo Estatal. Una decisión que le ha salido muy cara y que pone sobre la mesa la importancia de conocer y cumplir los requisitos de las prestaciones.

Las redes sociales no han tardado en reaccionar al fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, mostrando opiniones divididas entre quienes empatizan con la situación personal del afectado y quienes insisten en la importancia de respetar la normativa vigente.

No es la primera vez que el SEPE actúa con contundencia en situaciones similares, pero este caso ha cobrado una especial relevancia mediática por la justificación esgrimida por el protagonista.

Subida de sueldo
Imagen de una persona tocando monedas | Canva

El viaje a Marruecos y la pérdida del subsidio: cómo un error puede salir muy caro

El origen de esta historia se remonta a marzo de 2019. Según los datos hechos públicos, el desempleado partió hacia Marruecos el día 2 de ese mes y no regresó hasta el 21. En total, estuvo 20 días fuera de España, un periodo que supera el límite de 15 días permitido por la legislación para ausentarse del país sin autorización si se cobra una ayuda por desempleo.

El afectado justificó su viaje alegando que debía acompañar a su padre, hospitalizado de urgencia. Sin embargo, el Juzgado de lo Social de Castellón consideró insuficiente la documentación presentada. No se pudo acreditar ni la urgencia real del desplazamiento ni la relación de parentesco alegada.

La sentencia fue clara: la normativa española no deja lugar a interpretaciones y el artículo 25.3 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social establece que cualquier salida al extranjero superior a 15 días, sin previa comunicación al SEPE, conlleva la extinción del subsidio y la devolución de lo cobrado indebidamente.

Tras perder el primer recurso, el trabajador optó por acudir al  Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Allí, lejos de encontrar comprensión, los magistrados recordaron que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, citando el propio Código Civil. La resolución obliga ahora al afectado a devolver 4.272,04 euros, una cifra nada desdeñable para cualquier economía familiar.

Una persona sostiene billetes de euro mientras un grupo de personas juega al dominó en una terraza decorada con globos de colores.
Grupo de jubilados | ACN, kefayatullah

Una sentencia que pone fin a un eterno debate

El caso no ha tardado en generar eco en plataformas como X (antes Twitter), donde usuarios han recordado otros casos similares en los que salidas no comunicadas al extranjero han derivado en sanciones económicas. La norma es tajante y no solo afecta a viajes de ocio. Son frecuentes las situaciones de desplazamientos por motivos familiares, médicos o laborales que terminan en extinción de la ayuda por no notificar el viaje en tiempo y forma.

La decisión judicial pone en el centro del debate la importancia de la transparencia y la obligación de cumplir los trámites administrativos cuando se percibe una prestación pública. Voces del propio SEPE  han aprovechado para recordar en varios foros digitales la necesidad de  solicitar autorización antes de cualquier salida de España superior a dos semanas. Una gestión aparentemente sencilla que puede evitar disgustos y sorpresas económicas tan amargas como la vivida por el protagonista de esta historia.

Al margen de la frialdad de la ley, la situación personal del afectado ha suscitado comentarios de empatía, especialmente entre quienes han atravesado procesos similares. Sin embargo, el precedente es claro y sienta una base para futuros casos, dejando claro que la normativa no se flexibiliza ante la falta de comunicación oficial.

Una mujer sonriente usando un teléfono móvil con un fondo de billetes de 500 euros.
Imagen de dinero con una persona contenta mirando el móvil | Getty Images, PixaBay, XCatalunya

¿Cambio en la normativa?

Este episodio reabre el debate sobre la proporcionalidad de las sanciones y la flexibilidad del sistema cuando se presentan causas de fuerza mayor. Sin embargo, el mensaje institucional no deja lugar a dudas: cualquier ausencia superior a 15 días debe ser comunicada y justificada con la máxima rigurosidad. La historia, que ya circula en distintos medios y redes, es una advertencia para quienes se planteen viajes al extranjero estando inscritos como demandantes de empleo.

¿Servirá este caso para impulsar una revisión de la normativa o, por el contrario, afianzará el control sobre los desplazamientos de los beneficiarios de ayudas públicas? Por el momento, la experiencia del afectado se convierte en un ejemplo de los riesgos de descuidar los trámites y en una advertencia para quienes dependen de estas prestaciones para salir adelante.