Mujer sonriendo y señalando hacia arriba frente a un edificio con letrero de seguridad social.

La Seguridad Social da una gran alegría a estos trabajadores

Cambios importantes respecto del año anterior

El último Consejo de Ministros ha dado luz verde a un real decreto que reforma las modalidades de jubilación vigentes y que promete marcar un antes y un después para muchos trabajadores en España. Entre las medidas más destacadas se encuentra la flexibilización de la jubilación activa, que permitirá a los asalariados y autónomos seguir trabajando y, al mismo tiempo, cobrar una parte de la pensión durante varios años. Esta novedad supone una gran oportunidad de prolongar la vida laboral sin renunciar al cobro parcial de la prestación, ofreciendo un respiro económico y conciliando la transición hacia el retiro definitivo.

A día de hoy, la edad de jubilación supera ligeramente los 65 años, si bien las últimas reformas han multiplicado los incentivos para quienes postergan su salida del mercado laboral. La nueva normativa, que entrará en vigor el próximo mes de abril, refleja el deseo de la Seguridad Social de aliviar la presión sobre las arcas públicas y, a la vez, mejorar las condiciones de los trabajadores que decidan seguir en activo, ya sea por necesidad o por motivación personal.

Dos hombres sentados en una mesa con micrófonos, con logotipos de UGT.cat y CCOO en el fondo.
Miembros del sindicato UGT | ACN

Adiós a la exigencia de 38 años para la jubilación activa

Hasta la fecha, la jubilación activa exigía una larga carrera de cotización de 38 años o más. Sin embargo, el nuevo decreto suaviza drásticamente esta barrera, fijando en solo 15 años el mínimo requerido para acceder a esta modalidad (lo mismo que se pide para recibir una pensión contributiva). De esta forma, tanto los asalariados como los autónomos podrán beneficiarse del cobro parcial de su pensión, independientemente de haber cotizado menos de 38 años.

Este cambio es muy significativo, sobre todo para las mujeres, que en promedio presentan carreras laborales más cortas por las interrupciones derivadas de la maternidad u otras responsabilidades familiares. Ahora, cualquier persona que acredite 15 años cotizados (180 mensualidades) podrá recibir el 50% de su base reguladora en caso de que opte por la jubilación activa. A partir de ahí, cada año adicional en esta modalidad incrementa el porcentaje de pensión a percibir, pudiendo llegar al 100% a los cinco años.

Un escenario más flexible para la jubilación

La nueva normativa también modifica las condiciones de la jubilación demorada y la parcial, sumando más herramientas para elegir cuándo y cómo salir del mercado laboral. A su vez, los incentivos a la prolongación de la vida activa se han fortalecido. Ahora, el trabajador que decida retrasar su retiro disfruta de hasta un 4% extra de pensión el primer año, y a partir del segundo se añadirán tramos del 2% cada seis meses. Además, se mantiene la opción de recibir un pago único que puede oscilar entre 5.000 y 12.000 euros, o de combinar ese cheque al contado con una mejora porcentual de la pensión.

Un grupo de personas juega dominó en una mesa al aire libre, bajo una decoración colorida con globos y telas.
Jubilados jugando al domino | ACN

Estas medidas, encaminadas a prolongar la edad de jubilación, contrastan con los recortes impuestos a la jubilación anticipada, cuyos coeficientes reductores han aumentado para quienes decidan retirarse antes. De esta forma, el Ejecutivo busca equilibrar la balanza: penaliza la salida prematura y recompensa el retraso voluntario del retiro.

Cambios en la jubilación parcial y cuotas bonificadas

La reforma tampoco pasa por alto la jubilación parcial. A partir del 1 de abril, quienes opten por esta fórmula podrán adelantar la salida del mercado laboral tres años, en lugar de dos, con adaptación de la jornada. Eso sí, deberán cumplir ciertos requisitos: un mínimo de 33 años cotizados, seis años de antigüedad en la empresa y la firma de un contrato de relevo a jornada completa para la persona que asume las funciones dejadas por el jubilado parcial.

En el caso concreto de la jubilación activa, la Seguridad Social ha previsto bonificaciones en las cuotas para asalariados y autónomos. Los trabajadores por cuenta propia, por ejemplo, solo cotizarán por incapacidad temporal, accidentes de trabajo y por un 9% en concepto de cotización solidaria, un porcentaje que se aplicará también a los asalariados que decidan compatibilizar empleo y pensión. Con este esquema, se busca premiar la prolongación de la carrera profesional y facilitar que quienes lo deseen continúen contribuyendo al sistema.

Un nuevo horizonte para miles de trabajadores

La flexibilización de la jubilación activa y el resto de novedades impulsadas por la Seguridad Social suponen una  gran alegría para muchos profesionales  que encuentran en la prolongación parcial o total de su carrera laboral un modo de mejorar su renta y de disfrutar de un retiro más holgado en el futuro. Con la relajación de los requisitos de cotización y los incentivos a la demora, el marco regulatorio abre la puerta a nuevos planteamientos laborales, reforzando la autonomía individual a la hora de elegir cuándo dar el paso definitivo hacia la jubilación.