Un hombre con gesto preocupado frente a un edificio de la Agencia Tributaria.

Oficial: El nuevo motivo por el que te podría multar Hacienda

Atento a los cambios de la Agencia Tributaria

En un contexto económico donde la Agencia Tributaria y otros organismos de supervisión fiscal intensifican sus controles, cualquier nueva decisión judicial que respalde la imposición de sanciones adquiere gran relevancia. A raíz de la digitalización y la simplificación de numerosos trámites, la Administración tributaria exige cada vez más información a empresas y contribuyentes, ya sea para contrastar datos, investigar posibles irregularidades o prevenir el fraude fiscal. Aunque este control más estricto se enfoca habitualmente en detectar incumplimientos graves, recientes resoluciones dejan claro que no responder a un requerimiento puede también costarte una multa sin que la Agencia Tributaria necesite probar a fondo la manera en que se dificultó la investigación.

Este nuevo escenario obliga a las empresas y particulares a prestar mayor atención a las notificaciones que reciben de Hacienda. No se trata solo de entregar la documentación en el plazo estipulado, sino de evitar comportamientos pasivos o ausentes que puedan derivar en considerables penalizaciones.

Montaje con la imagen de una mujer asustada en primer término. De fondo y ligeramente difuminada, imagen del interior de una oficina de Hacienda
Montaje en el que se ve una mujer preocupada en una Delegación de Hacienda | ACN, Dean Drobot, XCatalunya

Una decisión que cambia las reglas del juego

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha emitido, con fecha 19 de noviembre, una resolución unificadora de criterio que avala la imposición de sanciones a quienes ignoren los requerimientos de información de la Inspección, incluso sin acreditar de manera específica cómo el silencio del contribuyente habría obstaculizado o retrasado las pesquisas de la Agencia Tributaria.

Este fallo resuelve el debate suscitado cuando el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía había considerado que, para imponer una sanción por ignorar un requerimiento, el fisco debía probar cómo esa falta de respuesta entorpecía o dilataba las actuaciones inspectoras. Sin embargo, el TEAC ha dado la razón a la Agencia Tributaria, confirmando que simplemente no responder a un requerimiento, debidamente notificado, ya se considera una infracción grave.

En palabras del TEAC, la Ley General Tributaria contempla claramente que obstruir las actuaciones de la Agencia Tributaria –entre otros supuestos– ocurre cuando no se atienden sus requerimientos. Por tanto, el tribunal rechaza la necesidad de aportar pruebas adicionales para fundamentar la sanción, y con ello fortalece la base legal para penalizar la falta de colaboración de los contribuyentes.

El caso que encendió la alarma

La controversia surgió a partir de un expediente abierto a una compañía que no respondió a los sucesivos requerimientos de Hacienda. La inspección pidió información sobre las aportaciones de los socios a la empresa y la identificación de los mismos, enviando hasta tres notificaciones (15 de junio, 13 de agosto y 31 de agosto de 2020) sin obtener respuesta. Ante el silencio continuado, la Agencia Tributaria impuso una sanción de 10.000 euros.

La compañía recurrió la multa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, que consideró que era insuficiente con solo demostrar que la empresa no contestó; a su juicio, la Administración debía probar además cómo dicha conducta obstaculizó la investigación. Sin embargo, el TEAC no compartió esa visión. Para este órgano, “no atender un requerimiento debidamente notificado supone por sí mismo la infracción”, sin que sea necesario acreditar las consecuencias concretas de la falta de respuesta.

Persona con expresión de preocupación frente a un cartel de la Agencia Tributaria.
Montaje en el que se ve una sede de la Agencia Tributaria y una persona preocuapda | La Sexta, Public Domain Pictures, XCatalunya

Implicaciones para particulares y empresas

Respuesta obligada. Todas las personas físicas y jurídicas que reciban una notificación de Hacienda tienen la obligación de responder en el plazo señalado. El incumplimiento reiterado (o incluso uno solo, según se analice cada caso) puede desencadenar sanciones considerables.

Infracción grave. El TEAC considera que no responder a requerimientos es una conducta que encaja en la tipificación de infracción grave de la Ley General Tributaria por obstaculizar la labor inspectora. La cuantía de la multa dependerá de la gravedad y las circunstancias concretas, pero puede suponer un golpe duro a la tesorería de empresas y particulares.

Culpabilidad. El tribunal central enfatiza que, si existe culpabilidad en la conducta del contribuyente, el silencio es una forma de obstrucción suficiente para sancionar. Esto sugiere que una estrategia basada en el “dejar pasar” o no prestar atención a los requerimientos puede resultar especialmente peligrosa.

Consejos para evitar sanciones inesperadas

Mantén los datos de contacto actualizados: Asegúrate de que Hacienda tenga tu dirección postal y electrónica correctas para que cualquier requerimiento te llegue a tiempo.

Responde en plazo.  Aunque no dispongas de toda la información solicitada, lo mejor es remitir un escrito aclaratorio o parcial antes de la fecha límite.

Asesórate de forma adecuada.  Un profesional tributario puede ayudarte a interpretar los requerimientos y a recopilar la documentación necesaria.

Colaboración desde el inicio. La transparencia y la disposición a cooperar con la Administración suelen minimizar los problemas y evitar el incremento de la sanción.

Imagen de un letrero de la Agencia Tributaria con un gráfico de una persona con dinero y un libro abierto con gafas encima.
Agencia Tributaria | ACN, PixaBay, WebTechExperts, XCatalunya

Con la confirmación oficial de este nuevo motivo para multar, se sienta un precedente importante sobre la responsabilidad de los contribuyentes en materia fiscal. A partir de ahora, ignorar los requerimientos de Hacienda deja de ser una mera anécdota: la resolución del TEAC convierte esta conducta en infracción grave y legitima la imposición de sanciones cuantiosas sin tener que demostrar el perjuicio concreto para la investigación.

Ante este panorama, la colaboración y la diligencia en la respuesta a cualquier notificación de la Agencia Tributaria se convierten en la mejor garantía para evitar sobresaltos y multas inesperadas.