Una mujer sonriente con las manos levantadas frente a un edificio de la Agencia Tributaria.

La novedad de Hacienda si vives con mayores de 65 años: Ingreso extra

Hay una serie de requisitos

En un entorno marcado por la ralentización del crecimiento económico y el alza de la inflación en España, las medidas fiscales que alivian la carga sobre las familias adquieren especial relevancia. El coste de cuidados, servicios médicos y adaptaciones en el hogar para personas mayores ha crecido, mientras los tipos de interés y la presión sobre el PIB familiar se mantienen elevados.

Por ello, la nueva deducción por convivir con mayores de 65 años adquiere una dimensión social relevante. Además, con una de las poblaciones más envejecidas de Europa —más del 20 % de los españoles tiene más de 65 años según el INE— medidas como esta buscan frenar el envejecimiento institucionalizado.

Qué implica esta deducción para los hogares

Hacienda ha modificado el mínimo por ascendiente en el IRPF, reconociendo un ahorro de 1.150 € por cada familiar directo (padre, madre, abuelo…) de 65 años o más que conviva contigo. Si ese adulto supera los 75 años, se añade un extra de 1.400 €, alcanzando un total de 2.550 € de deducción por ascendiente.

Un hombre con expresión pensativa frente a un edificio de la Agencia Tributaria.
Montaje en el que se ve un edificio de Hacienda y una persona preocupada | Pixelshot, Agencia Tributaria

Se trata de una rebaja automática en la declaración de la renta: no requiere solicitar un trámite aparte. Basta indicar los datos del familiar y Hacienda ajustará el mínimo correspondiente.

Requisitos esenciales para que sea efectiva

Para beneficiarte, deben cumplirse varias condiciones bastante específicas, definidas por Hacienda:

  • El ascendiente debe ser familiar directo y cumplir 65 años o más al 31 de diciembre, o tener discapacidad del 33 % o más, sin límite de edad.
  • La convivencia debe haberse producido al menos durante más de la mitad del año fiscal. Si fallece antes, se considera el tiempo vivido hasta ese momento.
  • El familiar no puede tener rentas superiores a 8.000 € al año (exentas aparte) y no debe haber presentado declaración de IRPF con ingresos mayores a 1.800 €.
  • No puede estar generando la misma deducción para otra persona con rentas más elevadas.

Además, si tu unidad familiar tiene una base liquidable elevada (por ejemplo, ingresos conjuntos superiores a 44‑47 mil €), algunas deducciones autonómicas adicionales podrían verse limitadas.

Un empuje a la convivencia intergeneracional

Esta iniciativa persigue varios objetivos. En primer lugar, reduce la presión económica de los hogares que asumen cuidados diarios. Fomenta que los mayores permanezcan en su entorno familiar, frente a modelos residenciales o institucionalizados.

Un hombre con expresión de sorpresa y gafas redondas frente a un edificio con un logotipo colorido en la pared.
Montaje en el que se ve una delegacion de Hacienda y una persona con cara de sorpresa | Agencia Tributaria, sevendeman

Da reconocimiento económico y social al cuidado no remunerado, una labor esencial en nuestra estructura demográfica.

No es la primera vez que Hacienda contempla este tipo de deducción. Sin embargo, la cuantía actual, que llega a los 2.550 € para mayores de 75 años, es superior.

Algunas críticas

La deducción representa un alivio en la cuenta del IRPF aunque ha recibido críticas porque muchas personas no se podrán beneficiar  teniendo en cuenta que el límite establecido es muy bajo y actualmente hay pocas personas mayores de 65 años con ingresos menores a 8000 euros anuales.