La Seguridad Social ha emitido recientemente un aviso dirigido a quienes realizaron el servicio militar obligatorio en España, destacando su relevancia en el proceso de jubilación anticipada. Aunque este periodo no incrementa el porcentaje de la pensión en la jubilación ordinaria, sí puede ser determinante para completar los años mínimos de cotización exigidos en ciertos casos de jubilación anticipada, tanto voluntaria como involuntaria.
Contexto actual de la jubilación
A partir del 1 de enero de 2025, la edad ordinaria de jubilación en España se ha establecido en 66 años y 8 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses. Aquellos que superen este periodo de cotización pueden jubilarse a los 65 años.
Este ajuste forma parte de una transición progresiva que culminará en 2027, cuando la edad de jubilación se fijará en 67 años para quienes no alcancen los 38 años y 6 meses de cotización.

En este contexto, la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada cobra especial relevancia para muchos trabajadores. Sin embargo, es esencial cumplir con ciertos requisitos, entre ellos, acreditar un periodo mínimo de cotización. Es aquí donde el tiempo dedicado al servicio militar obligatorio puede jugar un papel crucial.
El papel del servicio militar en la jubilación anticipada
El servicio militar obligatorio, conocido popularmente como "la mili", fue una obligación para muchos españoles hasta su abolición en 2001. Aunque este periodo no se considera como tiempo cotizado para la jubilación ordinaria, la Seguridad Social permite computarlo para alcanzar el periodo mínimo de cotización requerido en casos de jubilación anticipada.
Concretamente, se puede sumar hasta un máximo de un año del servicio militar o de la prestación social sustitutoria para cumplir con los requisitos legales necesarios para retirarse antes de la edad establecida. Este reconocimiento es válido tanto para la jubilación anticipada voluntaria como para la involuntaria.
Es importante destacar que este beneficio no incrementa el porcentaje de la pensión en la jubilación ordinaria. Su aplicación se limita exclusivamente a facilitar el acceso a la jubilación anticipada, permitiendo que más personas puedan cumplir con los requisitos mínimos de cotización.

Procedimiento para acreditar el servicio militar
Para que el tiempo del servicio militar sea reconocido, es necesario seguir un procedimiento específico. Según informa la Seguridad Social, el primer paso es solicitar un certificado oficial en la Delegación del Ministerio de Defensa. Este documento debe ser presentado junto con el DNI ante la Seguridad Social, que se encargará de verificar y sumar el periodo correspondiente al historial de cotización del solicitante.
Se recomienda gestionar esta documentación con suficiente antelación para evitar retrasos en la resolución de la solicitud de jubilación.
Equiparación del Servicio Social Femenino
Desde 2021, la normativa también contempla el reconocimiento del Servicio Social Femenino, una obligación que en su momento se aplicaba exclusivamente a las mujeres. Este periodo, equiparado al servicio militar, puede ser igualmente utilizado para completar los años de cotización requeridos en casos de jubilación anticipada.
Al igual que ocurre con el servicio militar, este tiempo no incrementa el porcentaje de la pensión en la jubilación ordinaria, limitando su impacto únicamente a quienes buscan retirarse antes de la edad legal.