El Rey Felipe VI y la Reina Letizia acudieron a la Basílica de Nuestra Señora de los Desamparados. Se oficiaba una misa en recuerdo a los fallecidos por la DANA ocurrida a finales de octubre en Valencia. El acto fue organizado por el Arzobispo, Enrique Benavent, en memoria de las más de 220 víctimas mortales de la catastrófica DANA y se vivieron momentos muy emotivos.
Al terminar la ceremonia, los reyes compartieron momentos con las más de 400 familias. Les mostraron su apoyo personal y les abrazaron. Conversaron con ellos de manera larga y tendida y las víctimas aseguran que se sintieron arropadas.
Gesto inapropiado de un asistente
El problema llegó cuando un hombre se propasó con la Reina Letizia. Según explica Monarquía Confidencial, primero empezó a tocarle la cintura y el manoseo fue más allá. Las imágenes no pasaron desapercibidas por los medios de comunicación y las imágenes se han hecho virales. Se trata de un hombre de mediana edad, que empeiza a acariciarla su torso de manera poco apropiada y rozando la ilegalidad.
La reacción de la consorte fue inmediata y discreta. Intentó apartar sus manos de manera sutil, pero el varón insistió. Un hecho que no ha gustado nada al personal de seguridad y al entorno más cercano a los monarcas, que consideran que algo falló en el protocolo de seguridad.
Posible delito penal
La reforma establece que toda acción de carácter sexual sin el consentimiento libre y explícito de la víctima constituye una agresión sexual. El artículo 178 del Código Penal define el consentimiento como "la manifestación libre, clara y expresa de la voluntad de la persona en el ámbito sexual". Este cambio evita que el uso de la violencia o la intimidación sea el único criterio para determinar la gravedad del delito.
De este modo, se eliminó el delito de abuso sexual, que hasta entonces se aplicaba cuando no existía violencia o intimidación. Ahora, cualquier acto sexual sin consentimiento, ya sea mediante coacción, engaño o aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, se tipifica directamente como agresión sexual. Esto incluye tocamientos indebidos, prácticas sexuales no consentidas y cualquier contacto físico de carácter sexual.
En la nueva regulación, el artículo 180 del Código Penal establece las circunstancias agravantes que aumentan la pena en casos de agresión sexual. Uno de los agravantes destacados es si la víctima ostenta la condición de autoridad o funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
Cuando la víctima es una autoridad, como policías, jueces, profesores o funcionarios, y el delito se comete en el ejercicio de sus funciones, se considera una violación agravada de su integridad y posición social. Este agravante puede aumentar la pena de prisión en comparación con otros casos.