En el actual sistema de la Seguridad Social en España, la pensión de orfandad está concebida, de manera general, para cubrir las necesidades de los hijos que han perdido a uno o ambos progenitores. Por norma, esta ayuda económica se extiende hasta los 25 años, siempre y cuando el beneficiario se encuentre cursando estudios y cumpla los requisitos establecidos. Sin embargo, existe un escenario muy particular que permite cobrar la pensión de orfandad sin límite de edad. Este supuesto suele pasar desapercibido, pero tiene un gran impacto para quienes se encuentren en esa situación, ya que posibilita acceder a la pensión incluso más allá de los 45 años.
A continuación, se detalla en qué consiste esta excepción, qué requisitos deben cumplirse y cuáles son los aspectos clave que determinan el importe a percibir. El caso ejemplificado por una sentencia reciente, que otorgó la pensión de orfandad a un hombre de 61 años, ilustra perfectamente la aplicación de esta normativa y pone de manifiesto la importancia de estar bien informado sobre los derechos y prestaciones del sistema público de pensiones.
Excepción para la orfandad indefinida: la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez
El punto de inflexión que permite cobrar la pensión de orfandad pasada la edad habitual (25 años) radica en haber obtenido, antes del fallecimiento del progenitor, el reconocimiento de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez. Estas dos figuras representan los grados más elevados de incapacidad dentro del sistema de la Seguridad Social, e implican que el beneficiario no puede desempeñar ninguna actividad laboral remunerada o depende totalmente de la ayuda de otra persona.
En consecuencia, si la persona huérfana acreditaba dicha incapacidad antes del fallecimiento de su padre o madre, la normativa (concretamente, el artículo 224 de la Ley General de la Seguridad Social) contempla que esa orfandad pueda reconocerse sin límite de edad. Se han dado casos de personas que, tras cumplir holgadamente la barrera de los 45 años, han solicitado y obtenido esta prestación con éxito. Un ejemplo de ello es el reciente caso de Antonio, quien pudo hacerse con la pensión de orfandad a los 61 años al demostrar que tenía reconocida su incapacidad permanente absoluta antes de que falleciera su progenitor.
Un derecho para quienes más lo necesitan
La posibilidad de cobrar la pensión de orfandad de forma indefinida es un derecho poco conocido, pero sumamente relevante para aquellas personas que carecen de opciones laborales por causa de una gran invalidez o una incapacidad permanente absoluta. Para el resto de beneficiarios, la pensión de orfandad está concebida con límites de edad que, en la mayoría de los casos, se sitúan en los 25 años. Sin embargo, este supuesto extraordinario se convierte en un factor de protección social para los colectivos más vulnerables, a los que se les dificulta cualquier actividad remunerada.
Como mensaje final, es crucial informarse a fondo sobre las particularidades de la prestación, reunir la documentación pertinente (incluyendo historiales médicos y certificaciones de incapacidad) y, en caso de duda, buscar asesoría especializada o acudir a la propia Seguridad Social. Este conocimiento no solo ayuda a asegurar la mejor cobertura posible para cada individuo, sino que también refuerza la importancia de entender los diversos mecanismos de protección que ofrece el sistema español de pensiones a quienes realmente lo necesitan.