En 2024 y lo que va de 2025, el IPC ha mantenido niveles superiores al 2 %, lo que llevó al Gobierno de España revalorizar las pensiones contributivas en un 2,8 %. Esta cifra supone un alivio, aunque moderado, en términos de poder adquisitivo, sobre todo para los aproximadamente 12 millones de perceptores.
Un dato relevante: cerca de 1,5 millones de trabajadores estuvieron de baja cada día en 2024, con un coste económico estimado de 30 mil millones de euros. Estas cifras no solo reflejan un impacto en los presupuestos —incluyendo las pensiones por incapacidad—, sino también una radiografía de cómo ciertas profesiones expuestas incrementan el absentismo y la incapacidad laboral.
En este contexto, resulta esencial analizar cambios normativos como el reciente aviso de la Seguridad Social sobre cómo puede reducirse una pensión por incapacidad permanente.

¿Quiénes reciben un complemento del 20 % y por qué?
Las pensiones por incapacidad permanente contemplan cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez. La más habitual, la incapacidad permanente total, equivale al 55 % de la base reguladora. Sin embargo, a partir de los 55 años, se puede acceder a una mejora del 20 %, evolucionando así del 55 % al 75 %, si se cumplen ciertos criterios relacionados con la dificultad añadida para encontrar empleo.
Este suplemento no surge de forma automática con la edad, sino que requiere que el beneficiario demuestre la imposibilidad efectiva de reinsertarse en el mercado laboral, además de estar desempleado o “sin estar de alta” en la Seguridad Social.
Por tanto, esta incapacidad permanente total cualificada es una herramienta de protección social dirigida a quienes presentan una combinación de factores (edad, incapacidad, falta de empleo) que los sitúa en una situación especialmente vulnerable.
¿Qué situaciones hacen perder ese 20 % adicional?
La Seguridad Social puede suprimir ese complemento del 20 % en dos escenarios definidos:
Si el pensionista inicia una actividad laboral, ya sea por cuenta ajena o propia, incluso si es a tiempo parcial. El beneficiario está obligado a comunicar este cambio al INSS. La causa es clara: si se demuestra capacidad para generar ingresos, desaparece la justificación de esa protección adicional.
Cuando el beneficiario alcanza la edad ordinaria de jubilación. Al cumplirla, la pensión por incapacidad se sustituye por la pensión de jubilación, por ser compatible una única prestación derivada del mismo régimen. El INSS aplica esta conversión automáticamente.
Uno de los aspectos más relevantes es la posibilidad legal, contemplada en el artículo 163.1 de la Ley General de la Seguridad Social, de optar voluntariamente por mantener la pensión por incapacidad en lugar de la jubilación si resulta económicamente más favorable. No obstante, este proceso exige que el interesado actúe dentro de los plazos establecidos.

Casos reales
Consideremos a “Juan”, de 58 años, beneficiario de una incapacidad permanente total cualificada. Si acepta un empleo, aunque sea parcial, y lo notifica al INSS, su pensión baja de 75 % a 55 %. Si, posteriormente, vuelve a perder el empleo y mantiene los requisitos, podrá promover de nuevo el complemento tras el procedimiento administrativo correspondiente.
En otro supuesto, “María”, de 60 años y en la misma situación, al alcanzar la jubilación, ve reemplazada su pensión por incapacidad por la de jubilación. Debe decidir entre automatismo administrativo o solicitar, con anticipación, mantener la pensión por incapacidad por motivos económicos.
Este tipo de decisiones no solo inciden en lo económico, sino que exigen una planificación cuidadosa, asesoría legal y conocimiento normativo puntual.
Evolución de las pensiones y sostenibilidad del sistema
La revalorización del 2,8 % en 2025 benefició de manera homogénea a todas las pensiones contributivas, incluidas las derivadas de incapacidad. Esto ha supuesto un incremento mensual medio de alrededor de 32 euros y un aumento de unos 600 euros al año por pensión.
Ante el fuerte peso del gasto social, que representa cerca del 30 % del presupuesto y el 13 % del PIB, la Seguridad Social busca soluciones que combinen protección, sostenibilidad y adaptación a nuevas realidades demográficas.